miércoles, 18 de diciembre de 2024

48 unidades del Transporte Público retenidas a pesar que el periodo de suspensión (90 días), hace rato que pasó

 
48 unidades del Transporte Público retenidas a pesar que el periodo de suspensión (90 días), hace rato que pasó

Trabajar no puede, ni debe ser delito en Venezuela.

 

A los transportistas que les retienen sus unidades de transporte público (modus vivendi) por razones políticas, les niegan el derecho a trabajar y les impiden garantizar el sustento adecuado para ellos, sus familiares y personas que dependían de él.

 

Caracas 17/12/24.- Hoy se cumplen 192 años del fallecimiento de nuestro Libertador Simón Bolívar en Santa Marta, Colombia. En su nombre se promulgan leyes, se asumen y acometen acciones que se alejan, la mayoría de las veces de su ideario republicano, pensamiento, acción y en vez de hacer nuestra su última proclama: “Mis últimos votos son por la felicidad de la patria, ¡Si mi muerte contribuye a que cesen los partidos y se consolide la unión, yo bajaré tranquilo al sepulcro! Simón Bolívar” se pretende en contra de sus deseos, profundizar la anarquía, generar división y no se fomenta especialmente la concordia entre los venezolanos.

 

El 27 de enero 2024, se publicó en la red social (X), antes Twitter, una serie de trinos: “Con motivó de la celebración del #23Enero2024, fueron contratadas varias unidades de transporte público para qué hicieran su trabajo, movilizar usuarios de un punto a otro (ida y vuelta). Cómo no era una actividad programada por el sector oficialista, dichas unidades y conductores fueron detenidos y suspendidas las unidades y las licencias de los conductores por tres meses, los conductores fueron liberados, no estaban cometiendo ningún delito, pero no podrán trabajar por 3 meses, al igual que las unidades de transporte público retenidas. Mientras tanto hoy hay una actividad en el parque Naciones Unidas El paraíso, Caracas que, utilizado unidades oficialistas y privadas, no se les aplica la ley de invasión de ruta, ni las multan, ni detienen. La ley del embudo”.

 (https://x.com/angelcacique/status/1751271853920756067?t=yugov5mVunWbVAE51A-OUQ&s=19).

 

El fundamento legal (excusa), es que estaban fuera de ruta para ese momento, porqué según: la Gaceta Oficial N° 42.788 del 29/12/2023, se publicó la Resolución Conjunta emanada de los MPP para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (DM N° 199) y para el Transporte (DM N° 089), en fecha 29/12/2023, mediante la cual se dictan los Lineamientos para la Habilitación de Unidades de Transporte Terrestre Público y Privado de Personas, para Prestar Servicio fuera de su Ruta asignada. Lineamientos para la habilitación de unidades de transporte público y privado, para prestar servicio fuera de su ruta:

(https://accesoalajusticia.org/lineamientos-para-la-habilitacion-de-unidades-de-transporte-publico-y-privado-para-prestar-servicio-fuera-de-su-ruta/),

 

Dicha legislación establece: “Las sanciones por salirse de la ruta de transporte público pueden incluir la suspensión de los permisos de la línea. En algunos casos la suspensión puede ser de tres meses, lo cual implica privar en la práctica a los sancionados de su trabajo, cerrar sus fuentes de ingreso y posibilidad de garantizar la manutención de su familia por dicho lapso (90 días).  Las autoridades encargadas de aplicar el control del sistema nacional de transporte terrestre son: Instituto nacional de transporte terrestre (INTT), el cuerpo de policía nacional Bolivariana (PNB), los demás cuerpos de policía estatal y municipal, la fuerza armada nacional (FAN).

 

Es importante recalcar que en Venezuela se respeta el principio de irretroactividad de la ley (que una ley promulgada en el presente, con puede ser aplicada a casos anteriores a la promulgación de ella), las leyes se aplican hacia el futuro, no hacia el pasado. Qué la constitución aprobada en el año 1999 es garante de vigencia y respeto de los derechos humanos en el país.

 

A lo largo de este año se registran 48 unidades del transporte público retenidas en distintos procedimientos  y todos ellos con una causa común, aceptaron trabajar haciendo el traslado de personas durante la campaña electoral en actos no afectos al gobierno, pero aparte de los sectario, sesgado en la aplicación de la ley, la mayoría de estas unidades retenidas ya cumplieron con el lapso de suspensión establecido por la ley (90 días)  y en correspondencia con el espíritu navideño, los llamados a la paz y la reconciliación de Venezuela, lo lógico y humano es que estas sean devueltas a sus legítimos propietarios, y puedan así recuperar sus fuentes de trabajo.

 

Sí estiman que cometieron un delito, ya la pena que implicaba la sanción fue cumplida, por lo tanto, se solicita a los organismos competentes la devolución de dichas unidades y posibiliten que estas familias venezolanas recuperen su fuente de ingresos y puedan disfrutar de una feliz navidad.

 

Yelmira Jiménez. O414-126.24.38.

 

Angel Cacique. Email: caciquecatia@gmail.com, teléfono: 0424-168.53.07

 

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